Comunidad de Villa y Tierra de Cuéllar
De Wikipedia, la enciclopedia libre
Las Comunidades de Villa y Tierra son una institución política castellana, un ente jurídico autónomo que nació libremente como un sistema de autogobierno que distribuía justicia y autoridad entre sus vecinos y ordenaba en comunidad el aprovechamiento de las aguas, de las tierras y de los pinares. Se formó con la suma de antiguas costumbres más las necesidades propias de la época.
Nació a raíz de la repoblación efectuada por Alfonso VI, cuando surgieron los grandes Concejos a lo largo de la línea del sur del Duero. Intereses comunes de varias poblaciones hicieron que éstas se agruparan en una Comunidad. Más tarde, el rey Alfonso VIII de Castilla apoyó y dio vigor a estos grandes concejos entre los que se encontraba el de Cuéllar. Por un lado el rey obtenía lealtad y fuerza militar, por otro los concejos se veían beneficiados por ciertos privilegios y posesiones, con el consecuente aumento de poder y gran despegue económico. La Comunidad de Cuéllar (y en general cada una de las 42 comunidades castellanas formadas al sur del Duero) llegó a tener una gran fuerza política y económica en detrimento de la nobleza y la clerecía. La Comunidad de Cuéllar controló y aseguró ciertas propiedades de pinar que se han mantenido comunes a lo largo de los siglos hasta nuestros días.
Tabla de contenidos |
[editar] Configuración
El territorio de la Comunidad era propiedad del Concejo. La Comunidad consistía en un pequeño estado con fuero propio que formaba una unidad territorial conveniente, con obligaciones en mancomunidad. A este complejo se llamó Comunidad de Villa y Tierra de Cuéllar y llegó a ser la más extensa de todas las comunidades. Estaba regida por el Concejo y en él había una representación del rey en la figura de un delegado real o regidor.
[editar] División geográfico-administrativa
La Comunidad de Cuéllar se dividió en 6 sexmos (6 partes). El principal era lo que se llamaba Villa y estaba compuesto por la propia villa de Cuéllar y los arrabales de Torregutiérrez y Escarabajosa. Los otros 5 sexmos componían la Tierra y tomaban el nombre de la población más importante:
- Sexmo de Montemayor, al noroeste de la comarca, (cuyos terrenos ocupan hoy parte de la provincia de Valladolid), con Montemayor, San Miguel y Santiago del Arroyo, Viloria y San Cristóbal.
- Sexmo de Valcorba, al noreste de la comarca (también ocupa los terrenos que son hoy de la provincia de Valladolid), con Santibáñez, Cogeces del Monte, Torrescárcela y Aldealvar, Bahabón y Campaspero.
- Sexmo de Hontalbilla, al este de la comarca, con Hontalbilla, Lastras, Adrados, Perosillo, Olombrada, Moraleja, Fuentes, Lovingos, Dehesa, y Frumales.
- Sexmo de Navalmanzano, al sur de la comarca, con Navalmanzano, Zarzuela del Pinar, Sanchonuño, Gomezserracín, Campo, Chatún, Pinarejos, San Martín y Mudrián, y Navas de Oro.
- Sexmo de la Mata, al suroeste de la comarca, con La Mata, Vallelado, Chañe, Arroyo, Fresneda, Narros, y Samboal.
En cada sexmo había un "procurador de Tierra" que recibía también los nombres de "procurador común o sexmero". En el sexmo de Villa se llamaba "procurador síndico". Todos estos procuradores o sexmeros eran los representantes y portadores de la voz de todas las aldeas. Eran su representación ante la ley.
[editar] Bibliografía
- JIMÉNEZ ARRIBAS, Javier. Cuéllar. Editorial ÁMBITO, 1999. ISBN 84-8183-055-0