Obispo
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Un obispo es un sacerdote que recibe por el sacramento del orden sacerdotal el grado del episcopado (del griego επισκοπος epískopos, 'vigilante').
[editar] En el catolicismo
El obispo tiene la plenitud del sacerdocio, con potestad total, que gobierna una iglesia local o particular en comunión con el Papa en la Iglesia católica. El obispo en cada diócesis ocupa el centro de la iglesia local, con autoridad máxima en materia de magisterio, santificación y gobierno. Sucesor de los apóstoles y por tanto con autoridad apostólica, el obispo tiene la responsabilidad de la pastoral de la diócesis. El obispo que está a cargo de una diócesis se le conoce también como obispo ordinario u obispo diocesano.
Para la idoneidad de los candidatos al episcopalado se requiere que el interesado sea: insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de las demás cualidades que le hacen apto para ejercer el oficio de que se trata; de buena fama; de al menos treinta y cinco años; ordenado de presbítero desde hace al menos cinco años; doctor o al menos licenciado en sagrada Escritura, teología o derecho canónico, por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en esas disciplinas. El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica.
Hay obispos que no tienen responsabilidad territorial y se les designa para ayudar a algún obispo ordinario. Estos son los obispos auxiliares o también llamados Titulares, ya que tienen el título de una antigua diócesis hoy desaparecida.
Los obispos forman parte del episcopado.
El Canon 378 del Código de Derecho Canónico de 1983 dice que para la idoneidad de los candidatos al Episcopado se requiere que el interesado sea:
- Insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de las demás cualidades que le hacen apto para ejercer el oficio de que se trata;
- De buena fama;
- De al menos treinta y cinco años;
- Ordenado de presbítero desde hace al menos cinco años;
- Doctor o al menos licenciado en sagrada Escritura, teología o derecho canónico, por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en esas disciplinas.
El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica.
En cuanto a las funciones del obispo son las siguientes: 1.-Relativas al orden: a) La consagración del óleo y del crisma b) La erección, consagración y reconciliación de iglesias y altares. c) La administración del sacramento del orden d) la deposición de los prebisterios
El tratamiento tradicional en España era de "Ilustrísima". Así se decía, por ejemplo, el Ilustrísimo y reverendísimo monseñor Doctor José Guerra Campos, obispo de Cuenca (abreviado Ilmo. y Rvdmo. Mons. Dr.). En el trato ordinario, "Ilustrísima" o "monseñor". Dirigiéndose a él por escrito "Ilustrísimo y Reverendísimo monseñor doctor, obispo de" (en abreviatura Ilmo. y Rvdmo. Mons. Dr.) Sólo los obispos que tenían una Gran Cruz tenían tratamiento de Excelencia, pero por la costumbre italiana actualmente se trata a todos los obispos de Excelencia. En la firma ponen sólo el nombre y la sede. Por ejemplo: José, obispo de Cuenca. Nótese la diferencia con los cardenales para los que la palabra cardenal pasa a formar parte de su apellido.
En la Iglesia Católica también existe la dignidad de Obispo Auxiliar y Obispo Coadjutor.
[editar] Otras iglesias cristianas
También existen obispos en otras iglesias cristianas.